El 29 de junio de 2021 fue aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Real Decreto 477/2021 por el que se establece la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Se aprobó entre otros, el Programa de Incentivos 6, basado en la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria. A continuación, te contamos más sobre esta subvención.
Objetivo del programa
Las actuaciones subvencionables dentro del programa de incentivos 6 incluyen las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (excepto las aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas.
Asimismo, afecta también a ayudas adicionales para nuevas distribuciones interiores de climatización y circuitos hidráulicos, así como el desmantelamiento de instalaciones existentes.
Las nuevas que se coloquen deberán cumplir con los requisitos del RITE. Excepto la tipología de biomasa aparatos de calefacción local, el resto tienen que disponer de un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida por la instalación objeto de subvención.
En cuanto a las instalaciones de biomasa, se deben reducir las emisiones de gases de efecto invernadero mínimo un 80%.
Si hablamos de actuaciones que incluyen calefacción local o calderas de menos de 1MW, se deberá presentar la acreditación por el fabricante del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones del equipo.
Por otro lado, el beneficiario mantendrá un registro documental durante un plazo de 5 años, para acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado del cumplimiento de clase A1 de la norma UNE-EN-ESO 17225-2 (pellets de madera), clase 1 de la norma UNE-EN-ESO 17225-4 (astillas de madera), clase A1 de la norma 164003 (huesos de aceituna) o clase A1 de la norma 164004 (cáscara de frutas).
Los aparatos de calefacción local incluidos en este programa deben disponer de la parte frontal cerrada.
Si estás valorando la solicitud de esta subvención, debes saber que estará vigente hasta el día 31 de diciembre de 2023 y será incompatible con otras ayudas que puedan ser concedidas para la misma finalidad.
Beneficiarios
Serán beneficiarios de las ayudas del programa: destinatarios últimos que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo, organismos y entidades públicas o privadas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica. También se incluirán personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (autónomos), y entidades locales y del sector público institucional.
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